jueves, 22 de mayo de 2008

Guia 1 (Codigo de comercio)

De los comerciantes:
Se le denomina comerciantes a todas aquellas personas que de desempeñan a alguna actividad que la ley considere como mercantil. Así mismo se le considera como comerciante cuando se hallen inscritas en el registro mercantil, quienes tengan un establecimiento de comercio abierto y estén anunciados al publico, Todo comerciante se encuentra en la obligación de:

*Matricularse en el registro mercantil
*Inscribir en el registro mercantil todos los actos
*Llevar una contabilidad
*Conservar la correspondencia
*mantener una competencia leal

Cuando ya se encuentran legalmente establecidos como comerciantes deberán tramitar los siguientes documentos.

*El RUT (DIAN)
*Matricula mercantil (Cámara de comercio)
*Matricula industrial y comercio (Tesorería municipal)
*Patente de sanidad (Secretaria de salud publica)
*Certificado de bomberos
*Certificados expedidos por las oficinas de planeación municipal y de obras públicas.
*Paz y salvo (Sayco y Acinpro)

Igualmente no podrán ejercer la profesión mercantil por sí ni por otro, ni obtener cargo ni intervención directa administrativa o económica en sociedades mercantiles o industriales, dentro de los límites de los distritos, provincias o pueblos en que desempeñan sus funciones:

*Los Magistrados, Jueces y funcionarios del Ministerio Fiscal en servicio activo.
Esta disposición no será aplicable a los Alcaldes, Jueces y Fiscales municipales ni a los que accidentalmente desempeñen funciones judiciales o fiscales.
*Los Jefes gubernativos, económicos o militares de distrito, provincias o plazas.
*Los empleados en la recaudación y administración de fondos del Estado, nombrados por el Gobierno, exceptúanse los que administren y recauden por asiento, y sus representantes.
*Los Agentes de Cambio y Corredores de Comercio, de cualquier clase que sean.
*Los que por leyes o disposiciones especiales no puedan comerciar en determinado territorio.

De los actos , Operaciones y Empresas Mercantiles

Son mercantiles
1. La adquisición de bienes a título
2. La adquisición a título
3. El recibo de dinero en mutuo a interés, con garantía o sin ella, para darlo en préstamo
4. La adquisición o enajenación, a título oneroso
5. La intervención como asociado en la constitución de sociedades comerciales
6. El giro, otorgamiento, aceptación, garantía o negociación de títulos-valores, así como la compra para reventa, permuta
7. Las operaciones bancarias, de bolsas, o de martillos
8. El corretaje, las agencias de negocios y la representación de firmas nacionales o extranjeras
9. La explotación o prestación de servicios de puertos, muelles, puentes, vías y campos de aterrizaje
10. Las empresas de seguros y la actividad aseguradora
11. Las empresas de transporte de personas o de cosas
12. Las empresas de fabricación, transformación, manufactura y circulación de bienes
13. Las empresas de depósito de mercaderías
14. Las empresas editoriales, litográficas, fotográficas, informativas o de propaganda
15. Las empresas de obras o construcciones, reparaciones, montajes, instalaciones u ornamentaciones
16. Las empresas para el aprovechamiento y explotación mercantil de las fuerzas o recursos de la naturaleza
17. Las empresas promotoras de negocios y las de compra, venta, administración, custodia o circulación de toda clase de bienes
18. Las empresas de construcción, reparación, compra y venta de vehículos para el transporte por tierra, agua y aire, y sus accesorios
19. Los demás actos y contratos regulados por la ley mercantil

No son mercantiles

1. La adquisición de bienes con destino al consumo doméstico o al uso del adquirente, y la enajenación de los mismos o de los sobrantes;
2. La adquisición de bienes para producir obras artísticas y la enajenación de éstas por su autor;
3. Las adquisiciones hechas por funcionarios o empleados para fines de servicio público;
4. Las enajenaciones que hagan directamente los agricultores o ganaderos de los frutos de sus cosechas o ganados, en su estado natural. Tampoco serán mercantiles las actividades de transformación de tales frutos que efectúen los agricultores o ganaderos, siempre y cuando que dicha transformación no constituya por sí misma una empresa, y
5. La prestación de servicios inherentes a las profesiones liberales

Del registro mercantil

Este se encarga de llevar la matrícula de los comerciantes y de los establecimientos de comercio, así como la inscripción de todos los actos, libros y documentos. Este será público, Cualquier persona podrá examinar los libros y archivos en que fuere llevado, El registro mercantil se llevará por las cámaras de comercio, pero la Superintendencia de Industria y Comercio determinará los libros necesarios para cumplir esa finalidad, en el se deberán inscribir:

1. Las personas que desempeñan profesionalmente el comercio y sus auxiliares
2. Las capitulaciones matrimoniales y las liquidaciones de sociedades conyugales
3. La interdicción judicial pronunciada contra comerciantes
4. Las autorizaciones que la ley otorgue a los menores de edad,
5. Todo acto en virtud del cual se confiera, modifique o revoque la administración parcial o general de bienes o negocios del comerciante:
6. La apertura de establecimientos de comercio y de sucursales
7. Los libros de contabilidad, los de registro de accionistas, los de actas de asambleas y juntas de socios
8. Los embargos y demandas civiles relacionados con derechos mutación esté sujeta a registro mercantil;
9. La constitución, adiciones o reformas estatutarias y la liquidación de sociedades comerciales
10. Los demás actos y documentos cuyo registro mercantil ordene la ley.

El registro mercantil se llevará con sujeción a las siguientes reglas,

1. Los actos, contratos y documentos serán inscritos en la cámara de comercio con jurisdicción en el lugar donde fueren celebrados u otorgados
2. La matrícula de los comerciantes y las inscripciones no previstas en el ordinal anterior, se harán en la cámara de comercio
3. La inscripción se hará en libros separados, según la materia, en forma de extracto que dé razón de lo sustancial del acto, documento o hecho que se inscriba, salvo que la ley o los interesados exijan la inserción del texto completo
4. La inscripción podrá solicitarse en cualquier tiempo

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